¿Qué es el Subsidio Familiar?

¿Qué es el subsidio familiar?

El subsidio familiar es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

El subsidio familiar en dinero, denominado cuota monetaria, se paga mensualmente a los trabajadores por cada una de las personas que tengan a su cargo con derecho al mismo.

Trabajadores con derecho al subsidio familiar en dinero.

 Remuneración mensual, fija o variable que no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes.

 Que esta remuneración sumada con los ingresos del cónyuge o compañero

(a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales vigentes.

 Laborar al menos 96 horas al mes.

 Tener personas a cargo que den derecho a recibir esta prestación.

Personas a cargo que darán derecho al subsidio familiar en dinero:

Hijos

Los hijos legítimos, naturales adoptivos y los hijastros que no sobrepasen la edad de 18 años. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.

Hermanos huérfanos

Los hermanos huérfanos de padre y madre que no sobrepasen la edad de 18 años, que convivan y dependan económicamente del trabajador. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.

Padres mayores a 60 años.

Los padres del trabajador mayores de 60 años que dependan económicamente del trabajador, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores.

Tipos de subsidio

Simultáneo

Podrán cobrar simultáneamente el subsidio familiar por los mismos hijos el padre y la madre, cuyas remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Doble

Los hijos, hermanos huérfanos y los padres, que acrediten discapacidad o de capacidad física disminuida que le impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin límite de edad. El trabajador deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.

Extraordinario

1. En caso de muerte de un trabajador, la Caja de Compensación Familiar continuará pagando durante 12 meses el monto del subsidio por personas a cargo, a la persona que acredite haberse responsabilizado de la guarda, sostenimiento o cuidado de ellos. El empleador dará aviso inmediato de la muerte de un trabajador afiliado a la Caja de Compensación.

2. En caso de muerte de una persona a cargo por la cual el trabajador estuviere recibiendo subsidio familiar, se pagará un subsidio un subsidio extraordinario por el mes en que ocurra, equivalente a 12 mensualidades del subsidio en dinero que viniere recibiendo por el fallecido.

Subsidio Familiar en Servicios

Se ofrece a través de los programas que desarrolla la Caja de Compensación Familiar, tales como:

  • Educación
  • Capacitación
  • Recreación
  • Turismo
  • Vivienda
  • Crédito
  • Adulto mayor
  • Discapacitados

Para estos servicios se fijan tarifas diferenciales de acuerdo con el salario de los trabajadores afiliados, así:

Categoría A

Hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Categoría B

Más de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Categoría C

Más de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Categoría D

Particulares. Categoría de no afiliados a la Caja.

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